PROYECTO
DE DECLARACION
La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, vería
con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, prorrogue la entrada en vigencia
del sistema de cómputo recíproco para el pago de beneficios previsionales instituido
por la Ley 25.629 y según lo acordado en el Convenio 49/05, y las Resoluciones
N° 1085/05 MTEySS y N° 421/2006 de ANSES, hasta que las Jurisdicciones
involucradas garanticen una aplicación del sistema de pago a prorrata por parte
de sus regímenes previsionales, que no menoscabe los derechos que sobre
seguridad social corresponden a los trabajadores, mediante el dictado de las
normas pertinentes.
La
Ley Nacional 25.629, autorizó al Poder Ejecutivo Nacional a
celebrar acuerdos con los gobiernos provinciales y municipales, con el objeto
de establecer un sistema de cómputo recíproco para el pago de beneficios
previsionales. Esto significa que cada jurisdicción abonará al pasivo, el
beneficio previsional en forma proporcional, de acuerdos a los servicios
prestados y reconocidos en cada una de ellas.
Para
esto, previo a la firma de los acuerdos, los regímenes previsionales
actualmente adheridos al sistema de reciprocidad deberán denunciar dicha
adhesión, dejando así de pertenecer al mismo.
El
2 de septiembre de 2005, mediante el Convenio 49/2005, además de
definirse los roles de caja otorgante y participante, se establecen: el
procedimiento para la determinación del derecho a las prestaciones, el sistema
de cálculo del haber, lo relativo al pago de las asignaciones familiares, a la
cobertura de salud, etc. Todas estas cuestiones implican grandes
cambios en la normativa previsional vigente en nuestra provincia,
En
dicho Convenio se estipulaba asimismo, que pasado un año de la fecha del mismo,
o cuando la mitad más uno de las jurisdicciones hubiera aprobado o ratificado
el mismo –lo que suceda primero-, concluiría la vigencia de los regímenes
anteriores. Y es así, que el plazo se cumple el próximo 2 de
setiembre de 2006, fecha a partir de la cual dejará de tener vigencia el
régimen de Reciprocidad.
No
obstante el tiempo transcurrido, nuestra provincia no se encuentra preparada ni
legislativa ni técnicamente para el nuevo sistema de prorrata.
Si
el sistema previsional nacional, aplica este nuevo sistema a partir del 2 de
setiembre próximo, aquellos trabajadores que posean servicios prestados en
distintas jurisdicciones (por ejemplo, en el orden nacional y en nuestra
provincia), se encontrarían ante la disminución de los haberes jubilatorios que
en forma unificada le corresponderían, ya que sólo podrían percibir la
jubilación proporcional correspondiente a la ANSES, y tendrían que esperar la
aprobación de normas provinciales que les permitan obtener la jubilación
proporcional provincial.
Por
todo lo expuesto solicito a mis pares que acompañen con su voto el presente
proyecto.